Resumen
Promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía. Su artículo 12 obliga a las entidades, organizaciones o empresas del sector público o privado que cumplan los criterios allí fijados a diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), según la metodología del Ministerio de Transporte.
Título oficial: Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguros en la vía y se dictan otras disposiciones
Nota sobre su vigencia
El artículo 12 fue modificado por el artículo 110 del Decreto-Ley 2106 de 2019. Verifica quién está obligado según el texto vigente.
¿A quién aplica?
- Entidades, organizaciones o empresas públicas o privadas obligadas por el artículo 12
Artículos clave
- Art. 12
- Planes Estratégicos de Seguridad Vial. Obligación de diseñar e implementar el PESV. Modificado por el artículo 110 del Decreto-Ley 2106 de 2019.
Historia y relaciones
Qué normas ha derogado, modificado o desarrollado, y cuáles la afectan a ella.
29 de diciembre de 2011
Se expide Ley 1503 de 2011 (Congreso de la República).
12 de julio de 2022
Desarrollada por la Resolución 40595 de 2022.
Expedida en desarrollo del art. 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el art. 110 del Decreto-Ley 2106 de 2019.
Normas relacionadas
Normas que la desarrollan
Resolución 40595 de 2022 · Metodología del Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV)
VigenteReemplazala Resolución 1565 de 2014
Texto oficial y fuentes
Ficha verificada contra el texto oficial el . ¿Ves un error? Avísanos.
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