Esta norma fue compilada y ya no se aplica por separado.
Compilada en el Decreto 1072 de 2015 · 26 de mayo de 2015.
Resumen
Reglamentó cómo se gradúan las multas por infringir las normas de seguridad y salud en el trabajo y riesgos laborales (reincidencia, resistencia u obstrucción a la inspección, medios fraudulentos, grado de prudencia y diligencia, reconocimiento expreso de la infracción y daño producido), los planes de mejoramiento, los términos para ordenar el cierre del lugar de trabajo y la paralización de trabajos, y el reporte de accidentes graves y mortales. Hoy está compilado en el Decreto 1072 de 2015 (arts. 2.2.4.11.1 y siguientes y art. 2.2.4.1.7).
Título oficial: Por el cual se reglamentan los criterios de graduación de las multas por infracción a las Normas de Seguridad y Salud en el Trabajo y Riesgos Laborales, se señalan normas para la aplicación de la orden de clausura del lugar de trabajo o cierre definitivo de la empresa y paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas y se dictan otras disposiciones
Nota sobre su vigencia
El artículo 2.2.4.11.5 del Decreto 1072 de 2015 (criterio de proporcionalidad de la cuantía de la sanción) fue modificado por el artículo 21 del Decreto 2642 de 2022; consulta los montos vigentes en el Decreto 1072 actualizado.
¿A quién aplica?
- Empleadores
- Inspectores de Trabajo, Direcciones Territoriales y Oficinas Especiales del Ministerio del Trabajo
Obligaciones clave
- Reportar los accidentes graves y mortales y las enfermedades diagnosticadas como laborales a la Dirección Territorial u Oficina Especial dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al evento o al recibo del diagnóstico, además del reporte a la ARL y a la EPS (art. 14).
- Cumplir los planes de mejoramiento que ordene el Ministerio del Trabajo, con actividades concretas, responsable y plazo (art. 7).
Artículos clave
- Art. 4
- Criterios para graduar las multas. Reincidencia, resistencia u obstrucción a la acción investigadora, medios fraudulentos, grado de prudencia y diligencia, reconocimiento expreso de la infracción y daño producido.
- Art. 7
- Plan de mejoramiento. Los inspectores pueden ordenar planes de mejoramiento con actividades, responsables y plazos.
- Art. 8
- Términos para la clausura del lugar de trabajo. El inspector puede ordenar el cierre por tiempos escalonados cuando haya condiciones que pongan en peligro la vida o la integridad de los trabajadores.
- Art. 12
- Paralización o prohibición inmediata de trabajos. Procede ante riesgo grave e inminente para la seguridad o la salud de los trabajadores, hasta que se supere la inobservancia.
- Art. 14
- Reporte de accidentes y enfermedades. Reporte a la Dirección Territorial en dos días hábiles.
Historia y relaciones
Qué normas ha derogado, modificado o desarrollado, y cuáles la afectan a ella.
17 de marzo de 2015
Se expide Decreto 472 de 2015 (Presidencia de la República).
26 de mayo de 2015
Compilado en el Decreto 1072 de 2015.
Los artículos 1 a 13 del Decreto 472 de 2015 se compilaron en el Capítulo 11 del Título 4 (arts. 2.2.4.11.1 y ss.) y el artículo 14 en el art. 2.2.4.1.7.
Texto oficial y fuentes
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Esta norma ya no se aplica
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